Requisitos de Testamento


DE LOS TESTIGOS:

*.- 3 Testigos mayores de edad, y sin ningún grado de parentesco, con identificación oficial a la mano.
*.- Si el testador tiene alguna incapacidad física o enfermedad que impida ver o no poder firmar se necesitarán en vez de 3, 5 testigos mayores de edad sin ningún grado de parentesco, con identificación oficial a la mano.
*.- De la misma forma si el testigo no sabe leer ni escribir y en su credencial no firma solo pone su huella dactilar se necesitarán 5 testigos.
Nota: Se necesitan que todos los testigos estén presentes para que se otorgue el testamento.

DEL TESTADOR:

*.- Copia del acta de nacimiento del testador.
*.- 1 Copia del acta de nacimiento de sus hijos, o a quien designe como heredero.
*.- 1 Copia de la Curp
*.- 1 Copia del acta de matrimonio del testador (en caso que esté casado bajo el régimen de sociedad conyugal los bienes que hayan adquirido en la sociedad conyugal se otorgaran por el 50%, y si adquirieron bienes antes de casarse o por una donación es por el 100%)
Nota: Estos documentos son solo para cotejo, con el fin, que los nombres de los hijos y padres se escriban conforme a los documentos oficiales.

TESTAMENTO:

*.- Para describir los predios a heredar en el testamento se necesita la ubicación de los predios a testar. (Es a criterio del testador presentar las escrituras).
*.- El Testamento es a puerta cerrada solo con el testador, los testigos, y el notario. No es necesario que se presenten los hijos, ni los herederos, ni los albaceas.

DEL ALBACEA:

*.- Por ley se establece que se debe nombrara a un albacea (es la persona encargada de administra los bienes mientras dura la sucesión testamentaria, en otras palabras es la persona encomendada de cumplir cabalmente la voluntad del testador plasmada en el testamento y que concluye su encargo con la adjudicación de los bienes a favor del heredero o herederos.
¿Quiénes pueden ser  albacea?
Pueden ser albaceas, cualquier persona de su entera confianza, (madre, padre, un hermano, tía, etc. que sea mayor de edad, sin importar el grado de parentesco).

Mayormente se recomienda que se nombre a 2 albaceas, porque se puede presentar el caso en que, a la que nombran primero no acepte el cargo o fallezca antes que el testador, y así, la sustituya el que sigue.